La resolución 934 del Senasa publicada en el Boletín Oficial, precisa los máximos que deben utilizarse en la producción de alimentos para consumo interno, tanto ya sean productos o subproductos. También incorpora nuevos principios activos, cuya incidencia no resultaba relevante como para estar considerados en las normas vigentes hasta ahora.
Los mismos niveles de calidad se le exigen a los productos y subproductos agropecuarios que se importen, aclara la norma. Los límites máximos de residuos por defecto deben tener un máximo de 0,01 mg/kg.
Las mediciones se corresponden con las previstas en las normas internacionales, y la norma destaca la importancia de la evaluación de riesgo al consumidor que realiza la autoridad de aplicación sobre cada producto. (DIB)
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