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23/11/2010
Multas de Tránsito

La Provincia lanzará cobertura en cuotas


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Las multas que surgen como consecuencia de los radares que controlan la velocidad en las rutas bonaerenses tienen una cobrabilidad del 72 por ciento, y en busca de elevar esa cifra, el Gobierno pondrá en práctica desde el próximo año un sistema para que los que cometan infracciones y no hayan pagado en término, lo hagan acogiéndose a planes de cancelación en cuotas....


De acuerdo con los datos oficiales, el sistema de radarización de la Provincia tiene un 72 por ciento de cobrabilidad. Del total de los infraccionados, un 27 por ciento realiza el pago voluntario (que abona la mitad del total de la multa) y un 10 por ciento paga la multa cuando recibe la segunda notificación sin juzgamiento, es decir, el total del valor de la multa ya que se vence el beneficio del pago voluntario. El 90 por ciento de los que espera a la instancia de citación judicial y es multado, abona la multa.

Del total de las capturas se notifican entre el 40 y el 45% de los vehículos detectados por radares, debido a que el resto constituye excesos contemplados dentro de la Ley Nacional de Tránsito.


Por ejemplo, no se notifican las infracciones que exceden la velocidad en menos del 10 por ciento de lo admitido, o las generadas por aquellos conductores que realizan maniobras típicas de manejo o bien corresponden a vehículos cuyos titulares dominiales no son identificados.

En ese contexto, Gobierno dispondrá en 2011 una especie de moratoria para el que no pagó una multa en término, según publicó un matutino platense. Esta iniciativa contemplada en el artículo 66 del proyecto de Presupuesto 2011, pretende replicar los programas de facilidades de pago que utiliza ARBA para los morosos impositivos.


La Jefatura de Gabinete podrá establecer un régimen para la regularización de las deudas vinculadas a infracciones de tránsito. Así, ese organismo podrá definir esos programas y establecer la cancelación de deudas incluso con reducción de recargos, antes de la iniciación de juicio de apremio, en la denominada etapa prejudicial.

Pero los planes serán aún más abarcativos. Es que ya en etapa de apremios, la Fiscalía de Estado podrá también establecer para los infractores que se encuentren en esa situación cuotas, convenios y para algunos casos reducciones en los recargos. En ningún caso el Gobierno podrá ni reducir ni eximir el capital adeudado. (DIB)




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