PAGINA PRINCIPAL TAPA PAPEL CONSULTAR ARCHIVOS POR FECHA AVISOS FUNEBRES CONTACTESE

Enviar Artículo a un amigo  
Imprimir Artículo IMPRIMIR ESTE ARTICULO

25/08/2010
Provincia de Buenos Aires

Los empleados pueden ir al Gimnasio, una hora al día


Los empleados públicos bonaerenses podrán retirarse de sus trabajos, una hora al día, para asistir al gimnasio, en una medida adoptada por el gobierno bonaerense para promover la actividad física y combatir el Sedentarismo, según lo establece el decreto 912 publicado en el Boletín Oficial,, que indica además que quienes accedan a este permiso, deberán posteriormente compensar esa hora no trabajada....




Según los considerandos de la norma, el informe de la OMS de 2002 precisa que "la falta de actividad física, la alimentación poco saludable y el consumo de tabaco constituyen los principales factores de riesgo que contribuyen a la morbilidad y mortalidad por enfermedades crónicas".

"El sedentarismo aumenta la posibilidad de contraer enfermedades cardiovasculares, diabetes de tipo II, obesidad, hipertensión arterial, osteoporosis, entre otras", detalla el
informe oficial citado en el decreto.


Ante este panorama, detalla el decreto, la 55ª Asamblea Mundial de la Salud pidió a los estados miembros que celebren todos los años un día con el lema "Por tu salud, muévete”, a fin de promover la actividad física como elemento esencial de salud y
bienestar.

El decreto destaca que el gobierno bonaerense recepcionó esa recomendación y buscará "promover por todos los medios necesarios la realización de actividades físicas".


Con esa intención, el gobierno resolvió "establecer un horario especial para los agentes comprendidos en la Ley N° 10.430 para desarrollar actividades deportivas o regenerativas física, sin que ello implique una reducción de la jornada laboral del agente".

Según el artículo 1 del decreto, los empleados públicos "podrán solicitar horario especial hasta tres (3) días por semana (...)para desarrollar actividades deportivas o regenerativas físicas, durante una (1) hora diaria, sin que ello implique una reducción de su jornada laboral".


"El agente deberá acreditar la actividad deportiva o física a desarrollar y la imposibilidad de realizarla fuera del horario de labor", detalla el artículo 2.


También prevé, en su artículo 3, que "la solicitud de horario especial a los fines indicados en el artículo 1º podrá ser denegada por razones de servicio. (DIB).


VOLVER A PAGINA ANTERIOR




Home | Tapa | Archivos | Fúnebres | Consultas
© Semanario Colón Doce - Todos los Derechos Reservados