Una fuente indico que son ocho los médicos de Colón denunciados ante IOMA por cobro indebido de plus. Sin embargo, desde la parte oficial muy poco se realizó, y a pesar de los compromisos asumidos cuando la jefa del Distrito comenzó con la campaña en el mes de marzo es una metodología instaurada en algunos médicos muy difícil de desterrar.
Una recorrida por el Hospital Municipal Eduardo Morgan (consultorios externos, la guardia y pasillos) nos muestra que a pesar de las decenas de carteles que IOMA dejó para ser colocados no existe ninguno de estos avisos colocados y que prevenga a los enfermos "clientes", que las prestaciones de los médicos son gratuitas y que no se debe cobrar en efectivo.
Tampoco existe ninguna indicación en caso que quieran cobrar un plus indebido a que oficina dirigirse (estaría bien poner una oficina para denunciar los casos). En la Clínica privada existe un solo cartel de este tipo.
Las quejas de los pacientes "clientes" siguen llegando. Las mamografías que son gratuitas se cobran con un plus de 30 pesos, y en el estudio colposcopia cuando es entregado (va a Pergamino) se cobra una diferencia de 25 pesos. También se cobran cinco pesos por radiografías.
Las quejas por cobro de plus indebido en los consultorios de algunos médicos es metódico y parece difícil de combatir. Una fuente adelanto que se estaría investigando desde otro ángulo esta nueva panacea que existe en nuestra ciudad para cuatro vivos. Los ejemplos sobran. Si a un empleado, de su sueldo debe aportar la obra social, pero además al monto hay que agregarle 150 pesos o 200 pesos en aportes de plus indebido cuando se tiene una enfermedad, la injusticia es muy grande.
Si los médicos están dispuestos a cobrar que lo hagan, pero que prescindan de las obras sociales. La cuestión a esta altura es muy simple, pero ya no hay cabida para aquellos que piensan que la medicina es un gran negocio.
La parte legal
La facultad legal que le permite prescindir de sus servicios profesionales está en el artículo 39 del Decreto Reglamentario N° 7881/84 de Ley 6982: "Cuando al Instituto no le resultare satisfactorio un servicio prestador o profesional adherido, podrá prescindir del mismo pudiendo, cuando lo estime necesario, requerir la conformidad de la entidad prestadora que corresponda, para todo lo cual se deberán arbitrar las previsiones correspondientes en las contrataciones que realice".
Durante 2009, la obra social sancionó a más de 70 profesionales de distritos como La Plata, Mar del Plata, Salto, Necochea, Pehuajó, Dolores, General Alvarado, Ramallo, Junin, Ensenada, Bahía Blanca, Arrecifes, Carhué, San Nicolás, Mercedes, Carmen de Patagones, Tres Arroyos, Miramar, Bahía Blanca, Bragado, Villa Gesell, Lobería y Chascomús
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