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07/07/2010
En la disputa con Argentina

Revés judicial para Monsanto por la soja transgénica


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El Tribunal de Justicia de la UE, con sede en Bruselas, Bélgica, emitió un fallo en contra de la multinacional Monsanto que en 2005 reclamó el cobro de derechos sobre una patente de soja genéticamente modificada (OGM), lo que abrió un litigio con el Estado argentino y con varias empresas del continente europeo, según informó la agencia española EFE....


Buenos Aires, 07 julio (Dypra/GEI) - La Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia por una demanda que Monsanto, había presentado en los tribunales de Holanda, contra varias empresas que importaban harina de Argentina con trazas de ese tipo de transgénico, la "soja RR", cuyo gen había registrado en Europa la firma estadounidense.


La disputa comercial se disparó en 2005 cuando Monsanto embargó en Holanda partidas de harinas de soja argentina para cobrar los derechos o regalías.


Pero Monsanto no había registrado el gen en Argentina, donde esa variedad de OGM se usa en grandes cantidades.


La controvertida patente consiste en una "secuencia de ADN" que si se introduce en una planta de soja hace que resista a un herbicida (el glifosato), lo que sirve al agricultor para poder eliminar las malas hierbas sin tener que dañar los cultivos.


El Tribunal de Justicia dictaminó que el gen patentado estaba en estado "residual" en las partidas de harina y que Monsanto no puede impedir la venta en la UE de un producto que lo contenga en esa proporción.


Los jueces comunitarios declararon que la normativa de la UE sobre el amparo de las invenciones biotecnológicos supedita la protección al requisito de que "la información genética que contenga el producto ejerza efectivamente su función en esa misma materia".


Esto significa que el Tribunal considera que aunque las harinas importadas tenían restos de la soja patentada, se trata de un producto final "inerte" que ha sufrido varias operaciones de "transformación" por lo que la "información genética" ya no ejerce la función que cumplía en la planta inicial.


La Justicia comunitaria subraya que las normas de la UE no permiten que una regulación nacional otorgue una protección absoluta a una patente de modificación genética "tanto si ejerce la función que le es propia dentro de la materia que contiene como si no lo hace".


En la sentencia que se conoció esta semana, los jueces comunitarios responden a un tribunal holandés, quien dictará la resolución final sobre la demanda que Monsanto presentó en ese país.




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