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24/06/2010
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS

Profunda preocupación por condiciones de detenidos


Entre el 7 y el 10 de junio pasado, la Re- latoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de la Libertad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se entrevistó con encumbrados funcionarios nacionales, bonaerenses y del Poder Judicial, pero también visitó varios penales y comisarías de la Provincia....


Después de esa recorrida elaboró un durísimo informe sobre la situación de los detenidos en el ámbito bonaerense. Los delegados justificaron su "profunda preocupación" en el alto porcentaje de internos sin condena (un 70%, de acuerdo a organizaciones civiles); la aplicación de "torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes" ("entre febrero y junio de 2010 se reportaron 241 casos", de los cuales "115 fueron denunciados formalmente ante las autoridades") y "el mal estado general de las estructuras e instalaciones físicas" de detención.


También hicieron hincapié en los "traslados frecuentes", presuntamente utilizados a modo de castigo; la "queja generalizada por la calidad precaria y el difícil acceso tanto a los servicios médicos como a medicamentos" (especialmente en el caso de los internos de comisarías); y las "quejas reiteradas" por la "insuficiencia y baja calidad" de la "alimentación suministrada tanto a la población penitenciaria como a la detenida en comisarías".


En el informe, la Relatoría expresó "su profunda preocupación por las condiciones de detención en las que se encuentran las personas privadas de libertad en la provincia de Buenos Aires", resaltando que, además de "respetar la vida e integridad personal" de los detenidos, el Estado "tiene la obligación de asegurar condiciones mínimas de detención que sean compatibles con la dignidad humana".


Luego destaca que "la población penitenciaria" bonaerense es, "a marzo de 2010", de "30.132 internos, de los cuales 4.040 se encontraban recluidos en centros policiales".
Y concluye que resulta "preocupante el uso abusivo de la detención preventiva, en detrimento de los principios de presunción de inocencia, necesidad y proporcionalidad que deben regir este mecanismo procesal".


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