Este pago que recibirán los jubilados y pensionados del Instituto de Previsión Social tiene su origen en un proceso que se inició el año pasado por el cual se dispuso el blanqueo de las Urpes que cobraba el personal en actividad de distintas reparticiones del Estado provincial.
Por tratarse de sumas no remunerativas, estos adicionales no tenían aportes y, por lo tanto, no eran tenidos en cuenta al momento del cálculo de la jubilación. Pero además, no los percibía la totalidad del universo de los empleados ya que se distribuían en forma discrecional. Pero con el proceso de blanqueo, las Urpes se fueron convirtiendo en bo nificaciones remunerativas enganchadas al sueldo básico que cobran todos los agentes, de manera que ahora serán percibidas por los jubilados.
Una resolución del IPS dispuso aplicar de oficio a partir del 1º de septiembre la movilidad de los haberes jubilatorios, a partir de la puesta en práctica de la bonificación que sustituyó a las Urpes. Y se tomó esa fecha porque, justamente, ese mes concluye el proceso de blanqueo en la última área de la administración: el personal no docente de Educación.
LOS NÚMEROS
Si bien el proceso de blanqueo se fue concretando en los diversos organismos en distintas etapas, adoptó idéntica modalidad a partir del primer acuerdo alcanzado en la Jefatura de Gabinete, el IOMA y el Registro de las Personas.
Así, se estableció que de las categorías 5 a la 16 de los administrativos de la ley 10.430, se tomaría para determinar la bonificación un 75% del sueldo básico de la categoría 20; de las categorías 17 a 20, un 60% del básico de las categoría 21; y, finalmente, de las categorías 21 a 24, un 65% del básico de la categoría 24.
De esta forma, los valores que surgieron por la aplicación de esta fórmula fueron de 650, 760 y 860 pesos de bolsillo, respectivamente. Pero con el último aumento salarial cuya primera parte comenzó a regir en marzo, esos montos se estiraron a 689, 800 y 900 pesos ya que, como se dijo, se incrementan cada vez que aumenta el básico por estar enganchados a ese concepto salarial.
Tomando, por ejemplo, un jubilado que se retiró con la categoría 15 y con el 70% del haber del personal en actividad, percibiría una mejora cercana a los 482 pesos.
El otro dato de interés de la resolución dada a conocer por el IPS es que, en una segunda etapa, se pagará en forma retroactiva la movilidad de los períodos adeudados al dictado de las resoluciones que establecieron las modificaciones salariales del personal en actividad. (DIB)
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