De prosperar la iniciativa, el sistema funcionaría a través de Internet, en una sala de subastas virtual situada en una página web.
El máximo organismo provincial indicó que el pedido se sustenta “en el objetivo de dotar de una mayor eficiencia al régimen de subastas, la medida busca lograr una mayor publicidad, seguridad, economía de recursos y celeridad en los remates judiciales, aumentando la participación de oferentes”.
La iniciativa implica la modificación de los artículos 562, 581 y 585 del Código Procesal Civil y Comercial provincial. Para ello, La Corte remitió a la legislatura un proyecto de ley de cuatro artículos, tendiente a modificar esa norma.
En los fundamentos del proyecto elaborado por el Tribunal, se destaca que “desde largo tiempo atrás las subastas judiciales establecidas en los artículos 558 a 588 del Código Procesal Civil y Comercial, presentan problemas en la realización del acto material del remate, vinculados con las garantías de transparencia”.
Si se modifica la legislación actual, la Corte habilitará una página web “con características de seguridad apropiadas y funcionalidad adecuada a la realización de subastas electrónicas, la cual tendrá alcance a los 18 departamentos judiciales”.
“La ventaja de las subastas por Internet es que permite la implementación de un sistema automatizado, seguro y público, que evita la manipulación externa y que posibilita la registración en el programa de todas las ofertas y oferentes de manera tal de permitir una eventual revisión en caso de dificultades o cuestionamientos”, indicó el organismo en un comunicado.
La Corte también sostuvo que la problemática en cuestión ha merecido la atención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en abril pasado dispuso la realización de una auditoria en la Dirección de Subastas Judiciales, “con la finalidad de aplicar parámetros de gestión judicial a dicha dependencia y establecer pautas de transparencia y calidad”. (DIB)
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