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19/05/2010
Transferencia de vehículos

Para hacerla se deberá cancelar deudas por multas


Con el fin de evitar que las multas de tránsito labradas en territorio bonaerense queden sin sanción efectiva, a partir de ahora, los titulares de vehículos que quieran concretar una transferencia o el cambio de radicación del rodado, deberán cancelar previamente las sanciones económicas....


A través de la Resolución Nº 584 la Jefatura de Gabinete de la provincia de Buenos Aires designó como agentes de percepción de multas por infracciones de tránsito labradas en dicha jurisdicción, a los titulares de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios de todo el país.


Esto implica que en el marco del Convenio de Complementación de Servicios suscripto entre el Gobierno bonaerense y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios, los Registros Seccionales podrán percibir las multas por infracciones de tránsito cometidas en la jurisdicción establecida por la Ley Nº 13.927 (Código de Tránsito de la Provincia).


Al respecto el director provincial de Política y seguridad Vial, Emiliano Baloira, sostuvo que con esta medida se persiguen dos objetivos: “por un lado ofrecer mayores facilidades al infractor para cancelar sus faltas sin necesidad de ir al banco al tramitar la transferencia de su vehículo; y por otro, que las sanciones sean realmente efectivas para quienes no respeten las normas de seguridad vial". (DIB)




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