Judiciales
La medida judicial pedida por Clarín no anula la Ley de Medios Lo aseguró el titular del Consejo Federal de Servicios de Comunicación, Néstor Busso. Dijo que el Grupo Clarín no puede alegar derecho de propiedad sobre las frecuencias radioeléctricas y que apelarán a la cautelar dictada por el Juez Carbone, quien el 31 de diciembre dejará su cargo...
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(Dypra / GEI) - El juez civil y comercial de la ciudad de Buenos Aires, Edmundo Carbone, aceptó un pedido del Grupo Clarín y dictaminó contra dos artículos de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (ley 26.522): el 41, que prohíbe la venta (transferencia) de licencias, y el 161, que obliga a los monopolios a adecuarse a la nueva normativa desprendiéndose de las licencias que superen el número permitido en un año.
A pesar de la repercusión mediática de esa decisión, se trata de una medida cautelar que no está firme: “La ley se va a cumplir, la vamos a hacer cumplir. Es ley en el país y no hay nada que impida su cumplimiento. Este fallo es simplemente una medida cautelar, que va a ser rápidamente revertida ante una apelación que seguramente en las próximas horas se va a presentar a través del directorio de la Autoridad Federal de aplicación”, aseguró Néstor Busso, titular del Consejo Federal de Servicios de Comunicación, organismo que impulsa políticas de comunicación y tiene como función controlar y hacer propuestas a la autoridad de aplicación de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Busso, también presidente de la Federación Argentina de Radios Comunitarias (FARCO), minimizó así los alcances de la medida cautelar contra dos artículos más polémicos de la nueva ley de medios y ratificó que la norma está en plena vigencia. “Sabemos que es un juez que ya ha renunciado a su cargo, que dejará su cargo a fin de mes, con lo cual, con todo respeto a su investidura, creo que debe estar buscando trabajo”, lanzó el titular de la federación en referencia a Carbone.
También el ministro de Justicia de la nación, Julio Alak, se había referido a este punto cuando expresó que le resultaba “llamativa” la resolución de este juez que ya tiene aceptada su renuncia desde el 6 de noviembre y el 31 de diciembre dejará su cargo. Según analizó Busso, “lo que están argumentando tiene vida corta porque están planteando la cuestión del derecho a la propiedad, de esto ya hay jurisprudencia tanto nacional como internacional en el sentido de que no se puede alegar propiedad sobre las frecuencias radioeléctricas”.
El titular del Consejo Federal de Servicios de Comunicación explicó que “las frecuencias radioeléctricas son patrimonio común de la humanidad. Y por otro lado tampoco se puede alegar la propiedad privada frente a un bien mayor, que es el bien común. No se pueden alegar derechos o propiedad sobre las frecuencias cuando se está en situación dominante o en situación de monopolio. El monopolio no puede alegar derecho adquirido sobre su posición dominante”.
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