A través del control sistemático que la AFIP realiza sobre el Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas, se detectaron 7.277 casos de contribuyentes que no presentaron la documentación necesaria para acceder a los beneficios tributarios previstos por el Registro.
Aquellos contribuyentes que no presentaron la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, como así también de Ganancia Mínima Presunta, de Bienes Personales Acciones y Participaciones o de Bienes Personales quedarán suspendidos hasta tanto no entreguen las Declaraciones Juradas correspondientes ingresando nuevamente de forma automática sin realizar ningún trámite.
Los contribuyentes que estén suspendidos en el Registro Fiscal de Operadores de Granos no gozarán del beneficio de la alícuota general de retención del IVA y se les aplicará una retención equivalente a la totalidad del IVA involucrado en la operación. Asimismo, estos contribuyentes no gozarán de la devolución automática del mismo impuesto hasta tanto regularicen su situación y sea levantada la suspensión en cuestión.
En tanto, aquellos que no presenten la documentación en el transcurso de 60 días quedarán excluidos del registro.
El Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas resulta un pilar esencial para el control de la evasión, posibilitando contar con un universo acotado y verificado de los integrantes de la cadena granaria que intervienen en el IVA. Está diseñado para que los contribuyentes que estén incluidos sean realmente operadores del sector (y no sociedades o personas físicas creadas al solo efecto de blanquear operaciones) con una adecuada conducta fiscal.
Es importante destacar que la declaración jurada es la forma mediante la cual el contribuyente exterioriza su obligación y la AFIP ejerce su función de control, razón por la cual su incumplimiento no constituye un mero hecho formal, sino que resulta sumamente relevante.
Puntualmente, en el caso del Impuesto a las Ganancias existen 5.034 contribuyentes que no presentaron su declaración jurada y a los cuales se les venció ampliamente el plazo de cumplimiento, con lo cual quedan suspendidos del Registro.
El Registro Fiscal de de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas cuenta con un tratamiento tributario diferencial para los contribuyentes del sector (alícuotas diferenciales de retención en IVA y Ganancias).
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