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05/06/2009
Rumbo al 28 de junio

Juzgados de Paz deberán colaborar con las elecciones


Más de un centenar de Juzgados de Paz distribuidos a lo largo de toda la Provincia y la estructura en plenos de unos 18 Juzgados Civiles y Comerciales “de turno” el día de las elecciones, deberán estar “al servicio” del acto eleccionario a partir de una resolución adoptada hoy por la Suprema Corte de Justicia bonaerense...


Entre otras cosas, según se informó, la estructura judicial tendrá, entre otras, fiscalizará “con 10 días antes de los comicios”, si las autoridades de mesas elegidas para controlar la votación “han recibido las comunicaciones oficiales con los nombramientos”; comunicar a la Junta Electoral la nómina de mesas “que no se hubieran constituido por ausencia de sus autoridades”, entre otras.


Esta tarde, a través de una resolución, la Corte dispuso “afectar a la totalidad del personal del fuero de Justicia de Paz Letrada al acto eleccionario del próximo 28 de junio de 2009, como así también a todo el personal de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial que se encuentren en turno en cada uno de los 18 departamentos judiciales”.


En los fundamentos de la decisión firmada por el Presidente del cuerpo, Luis Genoud, se establece “que la garantía de transparencia y objetividad del proceso electoral depende, entre otras cosas, de la adopción de medidas instrumentales adecuadas, oportunas y suficientes al pleno ejercicio del derecho al sufragio”, para lo cual resulta necesario aprovechar las “recientes experiencias” de aquellos magistrados que han actuado como representantes de la Justicia Electoral.


Asimismo, se subraya que lo dispuesto se enmarca en las obligaciones que la Ley Electoral N° 5109 le asigna a los jueces de dichos fueros.


En tal sentido, el Art. 24 de dicha norma establece que en cada cabecera de Partido, el Juez de Paz será el agente ejecutor de las resoluciones de la Junta Electoral y responsable en forma personal del cumplimiento de dicha ley. Y donde no hubiera Juez de Paz, las funciones serán desempeñadas por el Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial en turno.


Finalmente la resolución establece que con posterioridad al acto eleccionario los magistrados de dichos fueros deberán compensar el desempeño de su personal “en forma equivalente al tiempo insumido por cada agente (DIB)


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