Las velocidades máximas en calles no pueden superar los 40 kilómetros y en avenidas los 60 kilómetros por hora. El ARTICULO 51 es claro "VELOCIDAD MAXIMA. Los límites máximos de velocidad son:
a) En zona urbana: 1. En calles: 40 km/h; 2. En avenidas: 60 km/h Sin embargo a cualquier hora y en cualquier calle del sector urbano se puede ver autos y camionetas a más de70 kilómetros y a veces superando largamente los 100 kilómetros por hora, sobre todo de noche y en la madrugada de días feriados.
Nadie parece fijar un límite. Los autos tienen libertad para desarrollar la velocidad que se les ocurra. Seguramente habría menos accidentes si respetáramos este pequeño gran detalle. El casco en la cabeza no es una política, es si, parte de una serie de medidas preventivas. Las lesiones de los ocupantes de un vehículo están ligadas directamente a la velocidad, ya que esta actúa en forma cuadrática en la energía cinética que genera el daño sobre las personas.
La lesión crecerá en función de la velocidad desarrollada por el vehículo en el momento del impacto. A modo de ejemplo, si un vehículo viniera circulando a 50 km/h y de repente aumentara su velocidad a 70 km/h y en ese momento chocara, se duplicarían los daños tanto sobre el vehículo como sobre las personas.
En calles, donde las velocidades son menores, ante un impacto de un vehículo que circulaba a 25 km/h se generarán desace- leraciones sobre la persona como si ésta cayera de una altura de 2,5 metros. Si ese mismo impacto fuese a 50 km/h la altura de caída sería de 10 metros. O sea se cuadru- plicaría. A 75 km/h equivale a caer de 22 metros y a 100 km/h de 40 metros.
El Estado tiene una responsabilidad prioritaria en la prevención y debe ser una política social. El uso de cinturones, el control de las licencias de conducir, penar a los que hablan por teléfono celular mientras conducen -entre otras cosas
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