El trabajador que identificaremos con las iniciales (J.R) tiene 38 años, es monotributista y de profesión plomero, siendo por su actividad ampliamente conocido en nuestra ciudad. En una tarde soleada de la primavera de 2003, siendo las 15.30, se comenzaba a escribir la trágica historia. En ese momento el sistema de gas instalado en el interior de una casa estallaba`.
Un octogenario que identificaremos como (S.P) había realizado la maniobra de encendido de una hornalla de la cocina. Las quemaduras recibidas por el hombre fueron gravísimas. La víctima fue trasladada a un Centro de Salud de la Capital Federal, pero los médicos nada pueden hacer. Poco después fallece. La explosión destruyó parte de la cocina y otros ambientes. La familia del fallecido acusó a Litoral Gas y al plomero (J.R) de ser los responsables del accidente doméstico La causa para dictar sentencia recayó en el Tribunal Correccional Nº 2, a cargo de la Dra. Gloria Aboud. La funcionaria judicial, en un fallo para tener en cuenta por su justeza, absolvió al "gasista"
El Bombero Voluntario
En el largo expediente judicial la declaración de un Bombero Voluntario a cargo de la dotación que combatió el siniestro resultaron decisivas para el fallo redactado por el Tribunal. El oficial Ariel Lamas entrevistó al servidor público colonense que identificaremos como (V.F). En el dialogo con el perito, el colonense informó: " que luego de extinguido el incendio, escucho ruido y sintió olor a gas, los que persistían después de cerrada la llave de paso del gas natural y retirado el medidor, y que cesaron al cerrar la llave de paso de los tubos de gas envasado". Los dichos fueron agregados en la causa judicial.
Los peritos asignados al caso, además comprobaron que también estando abiertos los tubos de gas, la llave de paso de la cañería cercana a la cocina no impedía el paso del fluido, lo que significaba que si el ambiente permanecía cerrado por unas cuantas horas la pérdida de gas provocaría una explosión al entrar en contacto con cualquier chispa o llama.
También y entre el descargo más importante del imputado, fue que la obra se realizó en febrero de 2003 y el accidente ocurrió en el mes de setiembre del mismo año. Por último, el 20 de febrero el técnico de Litoral Gas visitó y habilitó la obra realizada sin que constara ningún observación en el informe realizado y elevado a la empresa distribuidora. La demanda
La demanda del abogado de la familia en la causa judicial dice: "La muerte del esposo y padre de mis mandantes y los daños en la vivienda se habrían claramente evitado si las personas encargadas de instalar el gas natural y de aprobar la instalación hubieran cumplidos las normas de instalación domiciliaria y actuado con un mínimo de profesionalismo y responsabilidad"
El Centro de la Cuestión
La Jueza Gloria Aboud, al tomar resolución seguramente evaluó si en el accidente incidió en la explosión la parte vieja de la instalación y cuál era la responsabilidad del gasista Además los demandantes acusaron a la arquitecta (NM) encargada de llevar los planos y supervisar las obras de no haber anulado la vieja cañería.
En la causa judicial declararon "M.L.J"; "C.O.F"; "M.T.M"; "G.PV"; "N.I.S"; "E.L.R";"R.P.E";"M.O.M". En tanto el plomero "J.R" y ante la jueza negó que los tubos de gas envasado al concluir la instalación del gas natural siguieran funcionando porque había bloqueado las terminales.
Además adujo que dejó instalada la vieja cañería porque un miembro de la familia se negó a que rompiera los azulejos y mampostería para extraerla. Declaró que la nueva cañería estaba instalada en forma externa a la pared y por último explicó "que esto sucede en la mayoría de los casos porque la cañería vieja queda anulada y sin riesgo".
La llave de la absolución
Según la larga causa judicial las cosas sucedieron de esta forma. Trataremos de simplificar el fallo en pocas palabras. La magistrado Gloria Aboud con el testimonio fundamental del Bombero Voluntario (V.F) sospechó que la víctima (antes del accidente) o un tercero haya reinstalado la vieja cañería de los tubos de gas o retirados los tapones de seguridad que la anulaban. Cuando el servidor público apagó el incendio, y cerró la llave de paso del gas natural y del medidor se seguía escuchando el característico "shhhhhhhhhh" de la pérdida de fluido que concluyó cuando cerró la rosca del tubo de gas.
El accidente mortal sucedió en setiembre y la instalación había sido en febrero. Los peritos además dijeron que el contenido del tubo de gas abierto puede durar pocos días, incluso horas. Ante esto, un tubo no podía estar perdiendo por casi nueve meses. Los datos fueron procesados por la magistrado Aboud y dedujo que se podría haber reinstalado el viejo sistema.
Por otra parte, los peritos habrían dicho que para pasar del gas envasado a gas natural se debe abrir la abertura de los mecheros de la cocina o cambiarlos. Si nuevamente se pasa al sistema de distribución por tubo de gas, y al quedar abiertos los mecheros el peligro de perdida de gas era inminente lo que pudo causar el fatal accidente doméstico. En conclusión
Los dichos de un Bombero Voluntario y las pericias realizadas fueron la columna vertebral para que el plomero (J.R) de 38 años quedara absuelto de un homicidio culposo.
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