En la última sesión, la Legislatura bonaerense convirtió en Ley un proyecto de la senadora Estela Prunotto, por lo que el Ministerio de Salud bonaerense deberá, además, confeccionar, imprimir y distribuir en todos los hospitales públicos de la Provincia, la Libreta de Vacunación, en la que se harán constar los datos personales del futuro beneficiario.
“Se orienta al fin de lograr una respuesta efectiva y oportuna frente al crecimiento de las enfermedades respiratorias, para aquellas personas que no posean cobertura medica asistencial y que están incluido dentro de los llamados grupos de riesgo”, expresó la legisladora.
Según la norma, las personas consideradas en el grupo de riesgo serán las personas mayores de 65 años, adultos y niños con enfermedades crónicas (cardiacas o pulmonares), y adultos y niños con enfermedades metabólicas (diabetes), insuficiencia renal, hemoglobinopatías e inmunosuprimidos (incluye VIH/SIDA e inmunosuprimidos por medicación).
Para acreditar pertenencia al grupo, los ancianos deberán presentar la documentación correspondiente que así lo demuestre. Además, en todos los casos, el solicitante deberá prestar declaración jurada, informando no poseer cobertura médica asistencial.
Prunotto aseguró que el programa de vacunación “se orienta al fin de lograr una respuesta efectiva y oportuna frente al crecimiento de las enfermedades respiratorias, para aquellas personas que no posean cobertura medica asistencial”.
“La eficacia de la vacuna para prevenir la gripe en ancianos es de aproximadamente el 50%, pero, a aquello que de todos modos enferman de gripe, estar vacunados les sirve para no sufrir enfermedades mas graves, que en este grupo causan numerosas muertes”, fundamentó la senadora (DIB)
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