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11/10/2008
Concejo Deliberante

Presenta proyecto de ordenanza para castigar desordenes en el recinto


El martes a partir de las 21, se realizará una nueva Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante con los siguientes temas a tratar...


1- El Poder Ejecutivo Municipal solicita prórroga hasta el 25 de octubre de 2008, para presentar el proyecto de Presupuesto Ejercicio 2009. El Fundamento es que se realizará una reunión el jueves 16 de octubre en el Ministerio de Economía Bonaerense en el cual se establecerán pautas macrofiscales para el periodo 2009, dentro de las cuales se informará los montos de coparticipación aproximados para el próximo Ejercicio
2) El Departamento Ejecutivo adjunta nota del Instituto Monseñor de Andrea, solicitando una camionada de tierra para emparejar la cancha de fútbol de Ateneo, para poder realizar el campeonato anual de verano que sirve como recurso económico al establecimiento escolar.
Pedidos de informes
a- Bloque AMIC, para que el Departamento Ejecutivo informe sobre funcionamiento del Cementerio Municipal.
1-- Personal que cumple funciones
2-Horario que cumple cada uno
3-Tareas asignadas
4-Responsable del depósito de herramientas
5-Herramientas faltantes, si las hubiere
6-Si existe Registro de Constructores habilitados para realizar trabajos
7-En caso de existir quienes están registrados.
Respuestas a pedidos de Informes
1- El Departamento Ejecutivo contestó requerimiento de la Unión Cívica Radical señalando que el Pozo Nº 3 de extracción de agua y que inyecta directamente a la red de agua potable cuenta con su correspondiente clorinador.


Concejo en Comisión
a- El Departamento Ejecutivo , solicita estudio de Factibilidad de loteo para parcelamiento, de una propiedad de vecino de Colón, ubicado en calle 42 entre 127 y 129.
b- Proyecto de Ordenanza Declarando Héroes de la Patria a todos los ciudadanos movilizados entre los meses de marzo y julio de 1982, con motivo de la Recuperación de Malvinas.
c- El Departamento Ejecutivo presenta Proyecto de Ordenanza para que se autorice , a entregar en parte de pago dos vehículos usados por un utilitario del tipo Peugeot Partner.
Notas vecinos de Colón
1-Nota de Vecina de Colón que denuncia su situación particular ocurrida en el Cementerio Local. En este sentido, Norma Nélida Manthe indica que los restos mortales de Enrique Manuel Manthe (su padre), fallecido en l962, sufrió que el personal del Cementerio Municipal rompiera el cajón presuntamente a hachazos y tiraran los restos a una fosa común. La misiva indica que no hubo un sumario administrativo de parte de Ejecutivo Municipal. El hecho aconteció en el 2007 y la Justicia consideró en su fallo que no era delito el procedimiento.
2- Nota de Vecino, planteando situación de la que fueron víctima él y su familia. Se trata de una misiva escrita por la familia Guzmán, con domicilio en barrio Rivadavia que pide mayor seguridad luego de la reyerta sufrida con personas que viven en su cuadra y cuya reyerta ocasionó varios heridos.
3- Nota del Concesionario del Parador de Omnibus solicitando aumento de tarifas por uso de andenes. Leonardo Powers indica que la tarifa no se aumentó en los últimos diez años y pide incrementarla a 2.50 pesos como derecho de uso de andén para las empresas que superen los 100 kilómetros de recorrido.


Proyectos de los Concejales

Bloque Todos Por Colón
1. Proyecto de Ordenanza: Otórguese a la Sociedad de Bomberos Voluntarios, un subsidio mensual equivalente al 30% de los montos que percibe por todo concepto el Sr. Intendente Municipal.
Bloque Frente para la Victoria
1- , Proyecto de Ordenanza: Modificase el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante. (Decreto Nro. 130 – en su Art. 116).-
El mismo dice: Por la presente nos dirigimos a Ud. a los efectos de solicitarle se le dé tratamiento legislativo al Proyecto de Ordenanza que acompañamos.-


Visto:
Los hechos que se sucedieron en estos últimos días, donde la conducta de algunas personas, ajenas a la casa, han llevado adelante en las instalaciones de este HONORABLE cuerpo, de por sí, inesperado para este ámbito; y


Considerando:
Que, El Reglamento Interno de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, en su CAPITULO XXIV – De los empleados y de la policía de la casa, Art. 218.: Queda prohibida toda demostración o señal bulliciosa de aprobación o desaprobación.- Art. 219: El Presidente mandará salir irremisiblemente de la casa a todo individuo que desde la barra contravenga el artículo anterior. Si el desorden es general, deberá llamar al orden, y reincidiendo, suspenderá inmediatamente la sesión hasta que esté desocupada la barra.- Art. 220: Si fuese indispensable continuar la sesión y se resistiese la barra a desalojar, el Presidente empleará todos los medios que considere necesarios, hasta el de la fuerza pública, para conseguirlo;
Que, en La Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 81°: El Concejo puede proceder contra las terceras personas que faltaren el respeto en sus sesiones a alguno de los miembros del mismo o a éste en general, ordenando el arresto del culpable, por un término que no exceda de tres días, y someterlo a la justicia por desacato, en caso de mayor gravedad (La figura del desacato fue derogada por ley nacional 24.198).- Art. 82°: En caso de notable inasistencia o desorden de conducta, el Concejo podrá sancionar a cualquiera de sus miembros en la forma y con los procedimientos determinados en el capítulo X.;
Que en El Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Colón, en sus Art. 116: El Presidente esta facultado para hacer retirar del recinto a aquellas personas que alteran el orden. El público asistente a las sesiones permanecerá en silencio, debiendo abstenerse de toda manifestación. Quien así no lo hiciere será invitado de inmediato a retirarse. En caso de no atacarse esta sugerencia el Presidente deberá suspender inmediatamente la Sesión y deberá emplear los medios necesarios para restablecer el orden, tan pronto cuando considere que éste ha sido alterado dentro o fuera del recinto, de tal forma que dificulte el desarrollo de la sesión, inclusive si es dentro del recinto entre Concejales. El Presidente del Concejo podrá solicitar la concurrencia de la Fuerza Pública, y en tal caso la policía destacada en el Concejo, dependerá directamente del Presidente.;
Que, estas normas prevén sanciones determinadas para los Concejales, pero no determinan sanciones específicas para el público en general, por conductas no propias al debido respeto que se debe a la Institución;
Que, con el objetivo de otorgarles facultades disciplinarias al Cuerpo, para que en casos de desorden, bullicio, alboroto, perturbación y demás, donde no se guarde el decoro correspondiente y estas acciones afecten el orden y la moral pública, tenga la posibilidad de individualizar una pena de las previstas en la norma, de acuerdo al hecho por parte del responsable;
Que, por lo motivos expresados, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria propone el siguiente:


PROYECTO DE ORDENANZA


Artículo 1°: Modifíquese el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante, Decreto N° 130, en su Artículo 116, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
Artículo 116: El Presidente esta facultado para hacer retirar del recinto a aquellas personas que alteran el orden. El público asistente a las sesiones permanecerá en silencio, debiendo abstenerse de toda manifestación. Quien así no lo hiciere será invitado de inmediato en principio a retirarse. En caso de no acatarse esta sugerencia el Presidente deberá suspender inmediatamente la Sesión y deberá emplear los medios necesarios para restablecer el orden, tan pronto cuando considere que éste ha sido alterado dentro o fuera del recinto, de tal forma que dificulte el desarrollo de la sesión, inclusive si es dentro del recinto entre Concejales. El Presidente del Concejo podrá solicitar la concurrencia de la Fuerza Pública, y en tal caso la policía destacada en el Concejo, dependerá directamente del Presidente. El cuerpo puede aplicar sanciones a las personas que promovieren desordenes y/o faltaren el respeto a todos o cualquiera de sus miembros, ya sea en el recinto o demás dependencias del Concejo, las misma serán: apercibimiento, prohibición de ingreso por un plazo no mayor de 45 días a las instalaciones del Concejo.- En caso de reincidencia dentro de los dos años posteriores a la falta, el Concejo aplicará una nueva sanción prohibiendo el ingreso como en el caso anterior, no pudiendo ser esta mayor a 90 días. Es necesario el voto afirmativo de la mayoría de los miembros del cuerpo, siendo la graduación privativa del mismo.-


Artículo 2°: De forma.-


Bloque AMIC:
1- Proyecto de Ordenanza: Modificar el sentido de circulación de calle 40 en su intersección con calle 22 El Partido Vecinalista indica que de no modificarse los vecinos deben dar una extensión de recorrido por detrás del Club Sportivo Barracas.-

2-Proyecto de Ordenanza: Adherir a la Ley 17.622 (Informe Estadístico de Defunción).- El mismo será de uso restringido y que permitirán estudiar las causas de las muertes ocurridas en el Partido de Colón y que permitan un seguimiento en la salud de la población.



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