Según la misma fuente, las actuaciones se centrarían sobre los cortes de rutas de Pergamino y Colón. La causa judicial sería de oficio y abarcaría algunos hechos en que tuvo actuación las fuerzas de seguridad.
Varios casos
Tal cual lo publicó Colón Doce hace cuatro ediciones que el Fiscal Murray estaba investigando los sucesos por los cuales se habría abierto una causa judicial habrían ocurrido el pasado sábado 14 de junio de 2008. Cabe destacar que por esos días los productores agropecuarios “Autoconvocados” y los Transportistas de cereales autoconvocados realizaban un piquete en la rotonda de Ruta 8 y su cruce con la Ruta 50, no dejando pasar a los transportes con cereales, carne vacuna a o cualquier carga que proviniera de la explotación agropecuaria.
La causa judicial sería caratulada como «Sumario de averiguación por infracción al artículo 194 del Código Penal y llevaría el número 29176». También y con respecto al cruce de la Ruta 8 y Pizon existe una causa judicial presentada el 27 de mayo de 2008 en la Secretaria de Derechos Humanos y que lleva el número 3221. La denuncia es de un pergaminense.
Además podría haber causas judiciales por daños a transporte y que tendrían por actores estos dos piquetes. Cabe recordar que el Código Penal Argentino en su artículo 194 es claro y señala: “El que, sin crear una situación de peligro común, im- pidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años”
Ocho procesados
El 30 de mayo de 2008, el fiscal Federal Juan Murray procesó por incendio doloso e interrupción en una ruta a ocho productores rurales de San Pedro. La medida comprendió al dirigente de la Sociedad Rural de San Pedro Raúl Victores; su hijo Rufino, y los productores agropecuarios Juan Kissling, Juan y Fernando Morreres, Alberto Batalla, Fabián Pascual y Reinaldo Bianchini.
Los delitos que el fiscal imputó a los ruralistas contemplan penas de hasta diez años de cárcel, pero por el mínimo de cada uno son de los considerados «excarcelables». El Fiscal Murray dio por acreditados los hechos motivo de su imputación, en una causa en la que intervino «de oficio», a partir de grabaciones de una radio sampedrina que cubrió los acontecimientos y los relatos de testigos. Asimismo tomó como referencia filmaciones
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