La creación del consorcio entre estos cuatro municipios posibilitará el cierre definitivo de por lo menos cuatros basurales a cielo abierto como así también su posterior saneamiento, la localidad de Arrecifes se sumará a está iniciativa de solución regional para los residuos sólidos urbanos. Ana Corbi detalló que “la regionalización tiene que ver con hacer de el problema de los residuos, un tema que sea sustentable en el tiempo.
La conformación del Consorcio es un paso muy importante, ya funciona un consorcio en los municipios de San Pedro, Baradero y Ramallo y este modelo podría convertirse en un modelo a replicar en el resto de la Provincia”.
La creación del Consorcio Regional que ya está en marcha formado por los municipios de San Pedro, Baradero y Ramallo fue aprobada por los concejos deliberantes de esos tres municipios, ya gestiona la creación de un relleno sanitario común, tal como lo establece la Ley 13.592 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.
“Con esta iniciativa se concreta la regionalización, uno de los pilares de la Ley 13.592, de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos. Este principio supone repartir entre la mayor cantidad de Municipios los costos que demanda la gestión integral de los residuos para garantizar su adecuado tratamiento y disposición final”, señaló Corbi.
El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible apoyará técnicamente al Consorcio para la elección del sitio de disposición final de Residuos y también los asistirá en la búsqueda de financiamien- to junto al Gobierno Nacional, a través de los créditos del Banco Mundial destinados a la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos
En Colón
En la ciudad de Colón el basural a cielo abierto ha mejorado en su disposición de residuos y hasta existe un área de zona verde. Los trabajos son llevados adelante por la Secretaría de Medio Ambiente, a cargo del Dr. Daniel Sosa. Los trabajos están monito- reados por la justicia debido a la causa judicial abierta por denuncia de un vecino.
A pesar de los grandes avances, realizados nadie ignora que es un foco altamente contaminante, y que todavía trabajan los mal llamados “cirujas”- entre otras cosas. Lo que pasa es que se perdió mucho tiempo. En la primer administración de Ricardo Casi un ex secretario tardó ocho meses en visitar el basural a cielo abierto.
En la nueva gestión de medio ambiente, se tomaron este tema con seriedad y sentido común pudiendo avanzar y cumplir con lo pedido por la Justicia.
La causa judicial En el año 2004, el basural municipal, sufrió una serie de incendios que afectaron seriamente a los vecinos radicados en predios cercanos. El principal escollo que se debía enfrentar era el humo que ocasionaba los focos ígneos y la contaminación ambiental.
En este sentido, luego de varias presentaciones y reclamos en el municipio, Dario Bigatti, domiciliado en un predio cercano al basural, presentó una demanda en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de San Nicolás ( en el presente con sede en Pergamino) El legajo abierto fue caratulada “Bigatti, Darío Javier y otra c/Municipalidad de COLÓN s / Pretensión de Restablecimiento o Reconocimiento de derechos”.
La demanda iniciada señalaba que el basural no sólo era depósito de residuos urbanos o domiciliarios, sino también de los llamados residuos patogénicos y que al domiciliarse cerca, estaba provocando en su familia un importante daño a la salud, como así también a la propiedad, ya que se les destruyen alam- brados, postes y se les quemaba la tierra.
La auditoria
Un informe de la auditoria realizada en Colón, los días 11 y 12 de noviembre de 2.004 señala, que los predios vecinos al basural caracterizados por agricultura, se ven impactados por las bolsas de po- lietileno. Los Bomberos Voluntarios de Colón, emitieron otro informe, describiendo el siniestro ocurrido el 19 de noviembre de 2.005, y que les llevó más de dos horas sofocar a pesar del apoyo de varias dotaciones
Fallo
El fallo del Tribunal administrativo indica que la Constitución Provincial establece que los habitantes de la Provincia tienen el derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras. La provincia, en materia ecológica deberá garantizar el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos naturales y culturales.
También el Estado provincial garantiza a todos sus habitantes los siguientes derechos: solicitar a las autoridades. la adopción de medidas tendientes al logro del objeto de la presente ley, y a denunciar el incumplimiento de la misma
Las recomendaciones
El magistrado indica que el municipio deberá tomar las medidas pertinentes para cerrar el ingreso del público al basural en toda la extensión del terreno, ya que otro elemento negativo que acompaña a esta forma de disposición de los residuos domiciliarios es el cirujeo, con el consiguiente peligro para la salud de aquéllos que manipulan la basura.
En el mismo sentido argumenta que no menos importante, es la generación de humo debido a la quema de basura. Esta puede ser intencional o autogenerada, ya que durante el proceso de descomposición de la materia orgánica se genera metano, un gas muy liviano y combustible. Este gas en presencia de oxígeno, puede ocasionar una combustión espontánea, lo que deriva en la generación de humo.
El juez indica que se sugiere limitar el accionar de los cirujas y prohibir la quema de residuos; definir una cota con respecto a la calle lindante al sitio y proceder a la cobertura de los residuos, realizando una parquización que incluya el emplazamiento de barrera forestal y de ser posible se deberá proceder al emplazamiento de un alambrado olímpico que delimitará el predio y servirá de barrera de contención de las bolsas que vuelan hacia los predios vecinos.
En otro orden se sugiere construir las cunetas pertinentes para albergar el agua de lluvia y derivarlas lejos del predio y culmina señalando que el impacto visual se mejorará notablemente al igual que el estado sanitario-ambiental después de desarrollar estas tareas.
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