(DIB) La ley para los clubes de barrio establece que los inmuebles de las entidades sin fines de lucro puedan ser inscriptos como “Bienes Sociales al Servicio de la Comunidad” y de esta manera evitar que sean embargadas por deudas contraídas a partir de ese momento, por el término de diez años.
Además, se prevé la suspensión por un año de embargos y ejecuciones ordenadas previo a la ley, y la eximición del pago del Impuesto Inmobiliario. Según el programa Luna de Avellaneda en la provincia de Buenos Aires alrededor de mil clubes sociales, sociedades de fomento y bibliotecas populares atraviesan situaciones económicas críticas.
El proyecto permite a las entidades de más de 50 años de vida acceder al beneficio de Tarifa Social en el servicio público de luz, y a cualquier otro beneficio similar que eventualmente se estableciera respecto de los servicios de gas y agua.
La iniciativa contempla a las instituciones que se encuentren funcionando y llevando adelante tareas sociales, tales como recreación deportiva y cultural y que para ello requieran ayuda del Estado.
Como requisito, los clubes deberán tener un mínimo de 50 años de fundación y de actuación en sus distritos, formar parte de la historia del barrio y que se encuentren en una situación económica crítica tal que ponga en peligro su funcionamiento. Para poder acceder al beneficio los clubes, sociedades de fomentos o bibliotecas primero deberán ser declarados como Patrimonio Cultural.
Por su parte, la diputada Mirtha Cure, autora del proyecto de ley, argumentó que “los clubes fueron escuelas de la democracia a punto tal que su vida interna era mucho más transparente y ejemplar que la vida del poder público”.
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