De acuerdo con las leyes vigentes -que serán derogadas a fin de año-, los menores de edad imputados en un hecho delictivo sólo acceden a un abogado defensor si su familia puede pagarlo y si no, son asistidos por un asesor de menores.
Los letrados sostienen que esta representación «promiscua», como se la llama en el ambiente judicial, ocurre en el 95 por ciento por ciento de los casos porque la mayoría de los adolescentes en conflicto con la Ley Penal es pobre.
La «promiscuidad» del sistema actual establece que el defensor de menores, un funcionario del Ministerio Público, es quien hace la defensa técnica del joven imputado en tanto el juez, acusa, instruye y resuelve el caso.
A partir del 1º diciembre, en todas las causas nuevas que se inicien, los menores de edad acusados de cometer un delito tendrán derecho a ser asistidos por un abogado oficial y se incorporará en el proceso la figura del fiscal que formule la acusación.
Los especialistas explican que de esta manera, los menores de 18 años tendrán las mismas garantías procesales que los mayores pero aclaran que las condenas no serán las mismas, porque siempre deberán adecuarse a las edades de los niños y adolescentes. «La provincia avanzó», afirmó la secretaria de Estrategia Institucional y Gestión de la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, Susana Deferrari.
Y explicó que el nuevo Sistema Penal Juvenil está en sintonía con tratados de derechos humanos, como la Convención Internacional Sobre los Derechos del Niño (CIDN). Deferraris advirtió que la nueva ley provincial «es de avanzada», pero dijo que las disposiciones de fondo todavía están estructuradas en base a un sistema tutelar anterior, que es el del Patronato de la Infancia que rige a nivel nacional.
La secretaria de la Procura- ción encabezó la semana pasada las primeras jornadas de debate en torno de la nueva legislación, que convocó a jueces, fiscales, asesores de menores y abogados de toda la provincia. Uno de los puntos más candentes del debate fue el de la edad de imputabilidad de los menores, que si bien es establecida por el Congreso Nacional, desvela a buena parte del sistema jurídico.
Deferraris explicó que las leyes provinciales sólo pueden establecer normas procesales que en este caso, van a la vanguardia de la ley nacional que pese a los compromisos internacionales, aún no fue modificada. Las nuevas disposiciones legales de la provincia fueron establecidas por la Ley 13.645 -correctiva de la Ley 13.634- sobre el sistema de responsabilidad penal juvenil y complementaria de la Ley 13.298, de Protección Integral de los Derechos del Niño, aprobada por el Poder Legislativo en diciembre de 2004.
La Ley 13.298 -suspendida en febrero del 2005 a pedido de la procuradora María del Carmen Falbo y que comenzará regir en diciembre de este año-, crea un Sistema de Promoción y Protección Integral de Derechos del Niño, en tanto las leyes 13.634 y 13.645, crean los fueros de Familia y Penal. El Fuero Penal Juvenil atenderá los delitos atribuidos a los menores de 18 años edad.
Los letrados señalan que como son inimputables, de acuerdo con la legislación nacional vigente, el fiscal solicitará el sobreseimiento que es factible salvo casos de extrema gravedad, en los que el juez de garantías puede dictar una medida de seguridad restrictiva de la libertad.
El juicio oral se realizará con los jóvenes punibles, de entre 16 y 18 años, imputados en delitos que merezcan una pena de al menos, dos años de prisión
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