EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA Nº 2660
ARTÍCULO 1º: Apruébase la programación de los recursos y del presupuesto analítico de gastos de la Municipalidad de Colón (BA) correspondiente al Ejercicio 2007 , de conformidad a los alcances del Decreto Provincial Nº 2980/00.
ARTÍCULO 2º: Estímase en la suma de Pesos Veintidós Millones Trescientos seis Mil Seiscientos Cuarenta ($ 22.306.640,00) el Cálculo de Recursos Corrientes y de capital destinado a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 4º , de acuerdo con la distribución que se indica a continuación: CONCEPTO IMPORTE INGRESOS CORRIENTES $ 22.220.140,00 INGRESOS DE CAPITAL $ 86.500,00
ARTÍCULO 3º: Apruébase la clasificación institucional de los recursos por rubros , por procedencia y por Naturaleza económica de los mismos , de acuerdo al detalle efectuado en las planillas Anexas Nº 1 , 2 y 3.
ARTÍCULO 4º: Estímase en la suma de Pesos Veintidós Millones Trescientos Seis Mil Seiscientos cuarenta ($ 22.306.640,00) el total de Erogaciones corrientes , de capital y aplicaciones financieras , del presupuesto general de la Municipalidad de Colón para el Ejercicio 2007 , con destino a cada una de las Jurisdicciones que se indican a continuación: CLASIFICACIÓN DPTO. EJECUTIVO DPTO. DELIBERATIVO TOTAL GASTOS CORRIENTES $ 18.261.623,84 $ 606.438,16 $ 18.868.062,00 GASTOS DE CAPITAL $ 1.807.968,00 $ 11.460,00 $ 1.819.428,00 APLICACIONES FINANCIERAS $ 1.619.150,00 ---------- $ 1.619.150,00
ARTÍCULO 5º: Apruébase la clasificación institucional de los Gastos por Categorías Programáticas , por Objeto , por Finalidad y Función , por Fuente de Financiamiento y por Naturaleza Económica de los mismos , de acuerdo al detalle efectuado en la planillas anexas Nº 4 , 5 , 6 , 7 y 8.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Fíjase en Trescientos Cincuenta y Cuatro (354) el número total de cargos de Planta Permanente y en Ciento Setenta y Cuatro (174) el número total de cargos de la Planta Temporaria de la Municipalidad de Colón , con destino a cada Jurisdicción de acuerdo a la siguiente distribución: JURISDICCIÓN PERMANENTE TEMPORARIO DPTO. EJECUTIVO 338 168 H.C.D. 16 6 TOTAL 354 174
ARTÍCULO 7º: Fíjase en la suma de Pesos Seiscientos Cuarenta y Cinco ($ 645) la remuneración mínima mensual para los agentes Municipales mayores de (18) dieciocho años de edad , a valores del 31 de Enero de 2007 , que cumplan el horario normal completo de la Administración Municipal.- En caso de incrementos de fondos de Coparticipación , se determina que un porcentaje del Cuarenta por Ciento (40 %) de los mismos , será destinado a incrementos de Sueldo Básico de todo el Personal Municipal.-------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 8º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones de partidas presupuestarias dentro de cada Subjurisdicción que resulten necesarias (creaciones , ampliaciones y transferencias) en un todo de acuerdo con lo establecido por el artículo 119 de la L.O.M.--------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 9º: Apruébase la apertura de los créditos fijados por la presente Ordenanza , de acuerdo con los anexos que forman parte de la misma , a nivel de Partida Principal y en las categorías de programas: Actividad Central , Actividad Específica , Proyectos , Programas y Partidas No Asignables a Programas.--------------------------------------------------
ARTÍCULO 10º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a distribuir los créditos referidos en el artículo anterior , hasta el nivel de desagregación que se estime pertinente , según los clasificadores presupuestarios vigentes por aplicación del Decreto Provincial Nº 2980/00.---
ARTÍCULO 11º: El Departamento Ejecutivo podrá disponer la utilización transitoria de fondos para efectuar compromisos y pagos de gastos , para proveer a momentáneas deficiencias de caja provocadas por la falta de coincidencia de los ingresos con los gastos o por falta o retraso de los ingresos ordinarios calculados , de conformidad a lo establecido por los artículos 67º y 68º del Decreto Provincial Nº 2980/00 , hasta la suma de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000).----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 12º: Las Subjurisdicciones que excedan los límites fijados por el Departamento Ejecutivo de Programación de Cuota Presupuestaria , solo podrán compensar tales excesos con ahorros que en el mismo período se registren en otras partidas o en partidas de otras Subjurisdicciones. Verificados los ahorros mencionados , el Departamento Ejecutivo , previa intervención de la Dirección de Presupuesto , podrá dictar la respectiva norma de excepción.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 13º: Déjase establecido que el Intendente Municipal podrá delegar en la Dirección de Presupuesto la compaginación y adecuación de los créditos de partidas presupuestarias indicativas.-----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 14º: La Dirección de presupuesto , en concordancia con lo dispuesto en los artículos 8º y 14º , podrá por Resolución del D.E. , reestructurar los créditos de la distinta categorías programáticas.-------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 15º: Fíjase en la suma de Pesos Novecientos Noventa y Ocho con Veintiséis centavos ($ 998,26) , la compensación de gastos de representación para el Intendente Municipal al mes de Enero de 2007.-------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 16º: El Personal Municipal percibirá sus asignaciones familiares conforme a lo dispuesto por las normas legales vigentes de Orden Nacional para el Sector Privado.------
ARTÍCULO 17º: Fíjase en el (1%) Uno por ciento por cada año de servicio la Bonificación por Antigüedad para todas las categorías de la Planta Permanente del Escalafón Municipal , porcentaje que se aplicará sobre las remuneraciones básicas de los mismos.----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 18º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar al Personal Permanente y Temporario , incluído o no en los alcances de la Ley Nº 11.757 , las retribuciones , compensaciones , subsidios e indemnizaciones que expresamente prevé la mencionada norma legal..----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 19º: El Departamento Ejecutivo podrá extender el término de la designación del Personal Temporario sí , por la índole de las tareas desarrolladas , ello resultará necesario , no quedando el Municipio obligado al ingreso automático del agente en la Planta Permanente.---------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 20º: De Forma.--------------------------------------------------------------------------
DADO Y APROBADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE COLÓN (BA) , A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL SIETE , EN CUARTO INTERMEDIO.---------------------------------------------
En el Dictamen de Comisión se realizaron algunas reformas al Presupuesto Original enviado por el Departamento Ejecutivo. Las principales son: 1- Proyecto sala sanitaria del barrio Belgrano se le asigna 75 mil pesos. 2- Colectora del barrio Mirador del Lago se le asigna el monto de 70 mil pesos. 3- Obra del Quirófano Municipal se le asigna 20 mil pesos. 4- Planta de Residuos Basural Municipal se le asigna 100 mil pesos. 5- Construcción de tres pozos de agua se le asigna 140 mil pesos. 6- Mejorado de Planta Depuradora se le asigna 75 mil pesos.
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