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23/12/2006
INTENDENTES BONAERENSES

A UN PASO DE OBTENER FACULTADES PARA EMBARGAR BIENES POR TASAS IMPAGAS


(DIB).- Los intendentes de la provincia de Buenos Aires tendrán las mismas facultades que el recaudador provincial Santiago Montoya para embargar autos o casas por deuda, en este caso por falta de pago de tasas municipales, de acuerdo con un proyecto de Ley que ayer tuvo media sanción de la Legislatura bonaerense...


La polémica iniciativa -redactada por el diputado Juan Carlos Veramendi, del PJ- fue apoyada por el bloque del Frente Para la Victoria y rechazada por las bancadas del ARI, la UCR, el PRO y el Paufe, establece una modificación a la ley organica de municipalidades.


Cuando la inicitiva se convierta en ley, los intendentes tendrá "superpoderes" similares a los de Montoya para combatir el incumplimiento en el pago de tasas municipales: alumbrado, barrido y limpieza, de servicios cloacales, sobre cementerios y el impuesto municipal, que cobran algunas comunas.


Así, al moroso podrá embargársele cualquier bien inmueble, independientemente del monto que adeude, en el mismo momento en que el municipio inicie un juicio de cobro ante la justicia, pero antes de que este poder se expida sobre la situación del moroso, tal como sucede hoy con Rentas.


Aunque el pryecto da gran discrecionalidad a las comunas, adopta algunos recaudos: los concejos deliberantes de cada ciudad deberán autorizar expresamente vía ordenanza al ejecutivo local para que pueda poner en marcha este mecanismo, y el deudor deberá ser intimado a pagar al menos tres meses antes de efectuarse el embargo.


Aunque será el Ejercutivo quien disponga el inicio del embargo, será la justicia la que finalmente decida sobre el destino final del bien retenido, que podrá ser finalmente rematado si el deudor no regulariza su situación, tal como ocurre en la actualidad.


La inciativa despertará polémica seguramente, ya que la tasa de cobrabilidad de los gravámenes municipales es mucho más baja que la de los tributos nacionales o provinciales: aunque varía de municipio en municipio, el promedio de falta de pago alcanza casi 50 por ciento promedio, con picos de hasta el 90 por ciento de imcumplimiento.


No es el único punto polemico: representates de los cuatro bloques que se opsieron a la nueva norma cuestionaron su constitucionalidad, básicamente con los mismos argumentos que se usaron contra los"superpoderes" de Montoya: que este mecanismo quebra la división de poderes porque otorga al Ejecutivo una potestad -embargar bienes- que es privativa de los jueces, es decir, del Poder Judicial. (DIB) AL



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