La crisis de los últimos años de la década de los ’90, sumado a la participación de dirigentes inescrupulosos, hizo que muchas de las instituciones civiles sin fines de lucro tengan que cerrar sus puertas en la Provincia, o al menos, se vieran en la necesidad de limitar sus actividades.
Con la idea de atenuar en parte esta situación, un proyecto de ley que recibió media sanción en la Cámara de Diputados bonaerense permite que los inmuebles de las entidades sin fines de lucro puedan ser inscriptos como “Bienes Sociales al Servicio de la Comunidad”, y de esta manera evitar que sean embargadas por deudas contraídas a partir de ese momento, por el término de diez años.
Es decir, su busca establecer una especie de “bien de familia”. Además, se prevé la suspensión por un año de embargos y ejecuciones ordenadas previo a la ley, y la eximisión del pago del Impuesto Inmobiliario.
Según explicó el diputado del ARI, Mario Fabris, el proyecto busca resguardar las propiedades de las ONG con trayectoria barrial dedicadas al desarrollo comunitario y social, del deporte y la cultura. “Hay muchas instituciones, sobre todo en el interior, que están atravesando serios problemas. Sin embargo, son muchas más las entidades que a futuro tendrán inconvenientes”, dijo el legislador. Contraprestación
Los inmuebles no deberán tener una valuación fiscal superior equivalente al valor de 1.400.000 litros de gas oil y las instituciones deberán afectarlo al uso público, mediante convenios con el Estado provincial y municipal, para programas deportivos, sociales, de recreación y culturales, de manera gratuita. “Por ejemplo los clubes deberán prestar sus instalaciones para que las escuelas realicen sus actividades deportivas”, remarcó Fabris. Además, como parte de las obligaciones, las entidades no podrán ofrecer el bien en garantía, ni gravar, ni enajenar las propiedades inscriptas.
La ley creará el Registro Provincial de Bienes Sociales al Servicio de la Comunidad en el ámbito de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, donde por decisión de la mayoría simple de la asamblea de socios, los clubes podrán inscribirse. En caso de querer desafectar la propiedad se necesitarán los dos tercios de los votos para resolverlo.
Sin embargo, hay casos en donde se imposibilitará la inembargabilidad: en sentencias por juicios laborales originados por despidos sin causas o por falta de pago y por sumas devengadas por aportes de previsión y seguridad social. “Creemos que el derecho del trabajador a cobrar su salario está por encima de esta ley”, añadió el legislador.
Fabris destacó que varias instituciones “hoy corren riesgos por apetencias inmobiliarias y muchas no pueden garantizar su continuidad”. En este sentido se pretende a través de esta norma, que podría ser tratada en el Senado en las próximas semanas, establecer una especie de “bien de familia” donde se protege la propiedad de los clubes, bibliotecas, sociedades de fomento, de tal manera que no puedan ser embargados o rematados. “Ahora organizaremos charlas con las instituciones del interior para difundir el proyecto y que ellos lo tomen como propio para que sea tratado cuanto antes”, concluyó
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