La resolución de la jueza Nogueras ya fue apelada pero, de resultar finalmente un fallo condenatorio, el artículo 266 del Código Penal prevé para el delito de “exacciones ilegales” prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial de uno a cinco años.
En el escrito de la magistrada se señalan “trece hechos” de presuntas exacciones ilegales relacionados con González, “diez hechos por similar delito” respecto a Emiliozzi, y “cinco hechos por la misma ilicitud” para Gatti.
Una de las presuntas irregularidades denunciadas se refiere a una serie de omisiones en la notificación de las actuaciones a los presuntos infractores, trámite que debe constar de varios pasos, incluyendo siempre la posibilidad de descargo al presunto infractor.
Estos trámites no habrían sido cumplidos por parte de las autoridades comunales de Pujato, por lo que muchos infractores se enteraron de las multas cuando ya habían sido condenados y sin la posibilidad de defenderse en ningún momento.
“Las notificaciones se deben realizar de acuerdo al decreto 1471/01, que dispone que sean por carta certificada con aviso de retorno o método similar que emitan constancia de recepción fehaciente al infractor lo que no se cumple”, señala el fallo firmado por la jueza Nogueras en referencia al procedimiento legal que las autoridades deben seguir en estos casos.(El Ciudadano)
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