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08/09/2005
Economía

Litoral Gas y los aumentos


La audiencia pública por la renegociación del contrato entre el Estado nacional y la empresa distribui dora Litoral Gas no ofreció mayores sorpresas: la compañía controlada por el grupo francés Suez rechazó la propuesta de carta de entendimiento elaborada por la Unidad de Renegociación y Análisis de los Contratos de Servicios Públicos y, en cambio, presentó una contra propuesta en la que pide un incremento tarifario de 2,5 pesos mensuales para los clientes residenciales y de entre el 6 y el 8% para las Pymes e industriales.


La propuesta oficial no contempla incremento tarifario hasta fines de 2006 para los usuarios residenciales y un reajuste promedio del 15 por ciento para el sector industrial a partir del 1º de noviembre próximo.


El gerente técnico de Litoral Gas aclaró que “no hubo un rechazo” de la carta de entendimiento elaborada por la Uniren sino “que no hubo consenso y por eso efectuamos una contrapropuesta” que se expuso en la audiencia, que también contempla, igual que la propuesta oficial, la creación de una tarifa social para indigentes.


“Esa reestructuración tarifaria –explicó la empresa respecto de su propuesta– permitirá a la distribuidora efectuar las obras de infraestructura que sean necesarias para la expansión del servicios dentro de los niveles de alta calidad que siempre brindó”. La Uniren cree que puede hacerlo igual con el aumento propuesto del 15 por ciento sólo para la industria.


En tanto, la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (Adecua) dio su visto bueno a la idea de la Uniren de no aumentar la tarifa a usuarios residenciales, pero rechazó la propuesta de revisión semestral de la tarifa a manos del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), y pidió que antes de esa instancia se realicen audiencias públicas de las que puedan participar los usuarios.

La secretaría ejecutiva de la Uniren tiene un plazo de hasta 10 días para elevar un informe de cierre.
Luego, las autoridades de la Unidad tendrán un plazo de 30 días para adoptar la resolución final sobre lo actuado y elevarlo al Congreso de la Nación, que sólo podrá aprobar o rechazar el entendimiento.


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