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23/06/2005
Pergamino

La Justicia evitó el remate de una vivienda


Una orden judicial de último momento suspendió el martes la subasta pública de una vivienda ubicada en calle Chile 520, ocupada por un matrimonio pergaminense.


El remate se iba a realizar en la sede del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos, en Bartolomé Mitre 470 y el martillero actuante era Emilio Ciacia, pero minutos antes del acto, fue suspendido por decisión del titular del Juzgado Civil y Comercial N° 2 del Departamento Judicial de Pergamino, Mario Climaco.


El aplazamiento de la subasta se efectivizó por un recurso legal presentado por el abogado patrocinante de la familia que vive en el inmueble solicitando la aplicación de una ley provincial que precisamente establece la suspensión de los remates de viviendas únicas y familiares.


Se trata de la Ley N° 13.302, sancionada el 29 de diciembre del año pasado, promulgada el 17 de enero del corriente y publicada el 27 del mismo mes.


En su articulado la norma establece:


«1°) Suspéndese en todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires, por el término de ciento ochenta (180) días hábiles, a partir de la sanción de la presente ley, las ejecuciones hipotecarias de inmuebles que tengan por objeto la vivienda única y familiar del deudor, siempre y cuando el monto de su valuación fiscal actual no supere la suma de noventa mil (90.000) pesos.


»2°) Exceptúase de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente ley, los créditos de naturaleza alimentaria, los derivados de la responsabilidad por comisión de delitos penales y los créditos laborales.


»3°) El plazo a que se refiere el artículo 1º se extenderá en un (1) año en aquellas ejecuciones que tengan por objeto a la vivienda única, sea cual fuera el origen de la obligación, para aquellos deudores que se encontraran en situación de desocupados a la fecha de la sanción de la presente.


»4°) Créase el Registro de Deudores con Ejecuciones Judiciales que tengan por objeto la vivienda única, donde deberán inscribirse las personas afectadas mediante declaración jurada formulada por el deudor.


»5°) El Poder Ejecutivo procederá a la reglamentación de la presente dentro del plazo de sesenta (60) días de su publicación».


Al momento de iniciar la subasta, Ciacia comunicó a los presentes la orden judicial e inmediatamente la buena cantidad de público presente se retiró de la sala. Entre los asistentes estaban representantes de la Asociación Usuarios de Servicios Financieros (Asuserfi).


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