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02/06/2005
Departamento Judicial Pergamino

Varios colonenses a juicio oral y público


La Justicia de la Departamental Pergamino sigue trabajando a buen ritmo. Según una fuente segura, todos los días fiscales, defensores y jueces, realizan Debates (Juicio Oral y Público) y encuentros por juicios abreviados.


La fuente indicó que entre un sesenta a setenta por ciento de los procesados y sus abogados defensores, eligen el camino del juicio abreviado, para concluir con una causa judicial, incluso si se haya con prisión preventiva.


En este sentido, no todos los casos pueden llegar a un juicio abreviado y solamente la Justicia da el visto bueno cuando la pena por el delito cometido es menor a los ocho años.


Juicios orales


En el mes de junio existen varios juicios orales programados entre los cuales se encuentran el de colonenses. El 9 de junio Carlos Cerino será enjuiciado por amenaza contra la autoridad y el 10 de junio, Leonardo Caballé deberá estar ante el jurado, acusado de lesiones graves culposas.


En el juicio oral es una audiencia donde se debate la acusación (fiscal), defensa (abogado defensor del Estado o dispuesto por el imputado), se aportan pruebas y testimonios (testigos, peritajes etc.) y finalmente los jueces evalúan y dictan la sentencia.


En el juicio abreviado, el procesado junto a su defensor evalúa las pruebas en su contra, el tiempo que pasará en la cárcel si está con prisión preventiva sin condena y se declara culpable.


Cabe recordar que en la Departamental Pergamino aumentó (con respecto a otras) el número de delitos denunciados y el juicio abreviado es una forma de descongestionar las fiscalias de causas.


El juicio abreviado tiene una línea de juristas que está en contra, porque expresan que el acusado renuncia a una defensa, por una supuesta rebaja de condena. El trato debe realizarse entre el acusado (su abogado) y el Fiscal.



Fiscales


A través de una resolución de la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, los fiscales de la Provincia ya no estarán obligados a apelar todas las resoluciones judiciales que otorgaban la excarcelación a un procesado. Así, esa decisión queda sujeta a la interpretación de cada fiscal.

La resolución revoca otra similar -aunque en sentido contrario- que había aprobado en su momento el fallecido ex Procurador, Eduardo Matías de la Cruz, y en la que obligaba a los integrantes del ministerio público a apelar los fallos judiciales cuando éstos ordenaran la excarcelación de un imputado en una causa hasta el momento del juicio oral.


La decisión de la Procuradora María del Carmen Falbo se produce en medio de la polémica sobre el acceso al beneficio de la excarcelación, que fue desatada a raíz de la libertad de María Julia Alsogaray y Omar Chabán, a las que se podría sumar la de Raúl Villarreal, el encargado de seguridad de Cromañón.


Pero además, se conoce poco después del exhorto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que obligó a la Corte bonaerense -y al Ejecutivo- a solucionar el problema del hacinamiento en las cárceles, donde se alojan un 75 % de internos que no tienen condena en su contra.


La resolución de Falbo modificó la número 752 del año 2000 que obligaba a los fiscales de primera instancia y a los de Cámara a «agotar las vías recursivas respecto de resoluciones judiciales que concedan el beneficio de la excarcelación».


Fuentes judiciales manifestaron que la decisión de Falbo «jerarquiza la labor de los fiscales, quienes ahora podrán evaluar cada caso en particular para decidir si recurren o no las excarcelaciones, después, cada fiscal deberá rendir cuentas a la sociedad si recurrió o consintió la resolución que excarceló a un procesado», graficaron.


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