La medida fue dispuesta para atender las demandas de los frigoríficos inscriptos que deben satisfacer requerimientos de mercados internacionales.
Para la presente temporada se fijó un cupo de capturas de 1,200.000 ejemplares que una vez completado suspenderá la autorización de caza.
La cifra aludida surge de estudios que técnicos y profesionales de Recursos Naturales realizaron en las diferentes regionaes de la Provincia para la protección de este recurso.
Zonas habilitadas
Las zonas habilitadas para la caza comercial de la liebre europea pertenecen a los partidos de Alberti, Adolfo Alsina, Arrecifes, Ayacucho, Azul, Bahía Blanca, Balcarce, Benito Juárez, Bolívar, Bragado, Carlos Casares, Carlos Pellegrini, Carlos Tejedor, Carmen de Areco, Capitán Sarmiento, Castelli, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Rosales, Coronel Suárez, Daireaux, Dolores, Florentino Ameghino, General Alvarado, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Guido, General La Madrid, General Lavalle, General Madariaga, General Pinto, General Viamonte, General Villegas, González Chávez, Hypólito Yrigoyen, Junín, Laprida, Las Flores, Leandro Alem, Lincoln, Lobería, Lobos, Maipú, Mar Chiquita, Mercedes, San Miguel del Monte, Navarro, Necochea, 9 de Julio, Olavarría, Patagones, Pehuajó, Pergamino, Pila, Púan, Rauch, Rivadavia, Rojas, Roque Pérez, Saavedra, Saladillo, Salliqueló, Salto, San Cayetano, Suipacha, Tandil, Tapalqué, Tordillo, Tornquist, Trenque Lauquen, Tres Arroyos, Tres Lomas, 25 de Mayo y Villarino.
En los distritos no mencionados anteriormente las capturas están totalmente prohibidas y las transgresiones serán severamente penadas.
Desde la cartera de Asuntos Agrarios también se comunicó que rige la prohibición de caza en las Reservas Naturales de Isla Botija (Zárate); Río Luján; Isla Martín García; Delta en Formación; Guillermo Hudson; Parque Pereyra Iraola; Punta Lara; Bahía Samborombón y Rincón de Ajó; Laguna Salada Grande (Madariaga); Mar Chiquita; Arroyo Zavala (Necochea-San Cayetano);Parque Ernesto Tornquist; Chasicó; Bahía Blanca; Falsa y Verde (Bahía Blanca-Villarino-Rosales ); Bahía San Blas y Delta del Río Paraná.
También en los ejidos de las ciudades, pueblos, lugares urbanos y suburbanos, caminos públicos y todas aquellas áreas concurridas por público, en concordancia con las disposiciones establecidas en el Decreto-Ley 10.081/83.
La actividad solo podrá realizarse utilizando armas de fuego cuya tenencia, transporte y portaciòn esté debidamente autorizada según las normativas vigentes de orden nacional y exige como requisito contar con la licencia de caza comercial; permiso escrito del propietario del campo –encargado o responsable- en que se practique la caza y utilizar vehículos con sistema de identificación de acuerdo a lo que establezca cada autoridad municipal.
Los establecimientos frigoríficos deberán estar inscriptos, al igual que los acopia- dores y ambos consignar en un libro de inspección, los ingresos y egresos de los ejemplares de liebres.
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