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25/10/2004
Nuevos requisitos a todos los comercios: inscripción en el Registro Provincial

Para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas


Se informa que a partir del 1º de noviembre dará comienzo la inscripción en el Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas establecido por Ley Nº 13178, abonando el canon anual correspondiente según el tipo de comercio que se registre.


Los nuevos requisitos para expender bebidas alcohólicas alcanzan a todos los comercios que según la nueva ley pueden registrarse para vender alcohol: almacenes, supermercados, hipermercados, locales gastronómicos, casas de comida, bares, discotecas, pubs y distribuidores.
El comerciante interesado deberá dirigirse al Municipio (Dirección de Rentas), presentando la siguiente documentación:


• Habilitación municipal
• Declaración Jurada de ingresos brutos del año anterior
• Declaración Jurada del área de distribución. (Sólo para la obtención de Licencias de Distribución)
• DNI


Desde el 1º de febrero de 2005 será obligatorio tener y exhibir la licencia habilitante. Infórmese en la oficina de Rentas Municipal, de lunes a viernes en el horario de 07 a 13 hs.



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