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15/07/2004
Departamental Pergamino

El Juez Emil Jalil podría ir a Jury


logo_justicia1607 (14k image)Sería el segundo que debería enfrentar en su carrera de magistrado. El primero ocurrió en l997. La Procuración de la Corte Bonaerense habría realizado profunda investigación del Juzgado de Garantías de Pergamino.


La Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires analiza si solicitará formalmente un Jury al titular del Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial de Pergamino, doctor Emil Jalil.


En este sentido si correspondiera la realización del Jury el magistrado debería ser suspendido de sus funciones, debido a que se instaura un juicio y hasta su total terminación , el Juez permanece suspendido .


Esta sería una norma de la Constitución Provincial en su artículo 183. La Carta Magna provincial solo ofrece las opciones de condena o absolución para un magistrado sometido a Jury.


En tanto Jalil sufriría el segundo Jury de su carrera.


La Oficina de Control de la Suprema Corte Bonaerense estaría estudiando el tema. Este organismo elevó a consideración de la Procuración, en estos momentos a cargo del subpro curador, doctor Juan Angel De Oliveira -en reemplazo del fallecido Eduardo Matías de la Cruz-, «numerosos y voluminosos» expedientes para que se evalúe la conducta del magistrado y decida en consecuencia.


El Juzgado a cargo de Jalil fue objeto de diversas inspecciones en el último año y medio, y según pudo averiguarse, su actuación en la resonante causa de los policías presos podría haber sido la más cuestionada. Entre los seis policía presos se encontraba Miguel Angel Paolini que acusó a empleados del juzgado de convivencia con piratas del asfalto y al fiscal Juan Gracia de armar una causa judicial en su contra.


Si bien la decisión de pedir el juicio político depende exclusivamente del subprocurador en cuanto al tiempo y la forma, se especula también con la posibilidad que De Oliveira aguarde la designación oficial de la diputada nacional María del Carmen Falbo como procuradora general, ya que fue propuesta por el gobernador bonaerense Felipe Solá para ocupar el cargo que está vacante desde el 2 de mayo último cuando se produjo el fallecimiento de Eduardo Matías de la Cruz.


A partir de ahora sólo resta esperar la determinación de la Procuración que puede llevar días o meses.
Según informó el secretario general de la Corte y del Tribunal, doctor Jorge Omar Paolini, «en el curso del corriente año se recibieron catorce acusaciones o denuncias contra magistrados y funcionarios del Ministerio Público incoadas por el señor procurador general y por particulares».


La Causa Jalil


El primer Jury al que fue sometido el Juez Emil Jalil se llevó a cabo en l997. El magistrado estaba a cargo del Tribunal Criminal y Correccional del Juzgado Nº 3 del Departamento Judicial Pergamino- Colón. El Juez Jalil fue suspendido en sus funciones, decisión que fue adoptada por el Jury y amparada en la Constitución Provincial.


El acta de enjuiciamiento decía “En la ciudad de La Plata a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete , siendo las 11 horas se reúne en el salón de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia, sito en el palacio de Tribunales.


El Jurado de enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios designado en el expediente Nº 3001-406/97 caratulado “Suprema Corte de Justicia, Sub procurador General de la Suprema Corte de Justicia. Dr. Luis Martín Nolfi, acusa al Sr. Juez titular del Juzgado Nº 3 Dr. Emil Jalil.....”.


Los presidentes del Jury contra el hombre del Derecho pergaminense, fueron en una primera oportunidad el presidente de la Corte Bonaerense, Doctor Ernesto Ghioni y luego por rotatitividad de los cargos correspondió al Dr. Alberto Picasso.


Los abogados defensores de Jalil fueron el Dr. Raúl Hamas y el platense José Irisarri.


En aquel momento, se adujo que hubo violación de la defensa en juicio, dado que se habían realizado las actuaciones sumariales, administrativas a cargo del inspector Jorge Gross y el acusado no había tomado conocimiento de lo expresado en las mismas.


El argumento fue la principal prueba a favor de el enjuiciado Jalil.


Cabe recordar que el Juez Jalil estaba acusado de incumplimiento de los deberes inherentes al cargo, deficiente organización y conducción del Juzgado, prohibida delegación de funciones, incumplimiento de los deberes de asistencia al despacho y a las audiencias, incompetencia y negligencia en sus funciones, incumplimiento reiterado de los términos legales.


Finalmente el Jury declaró libre de culpa al magistrado que volvió a cumplir funciones en el Juzgado Nº 3.


En la reforma del ministro León Arslanian fue Juez de Transición y hace un año fue nombrado Juez de Garantías Nº 2 de la Departamental Pergamino.


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