PAGINA PRINCIPAL TAPA PAPEL CONSULTAR ARCHIVOS POR FECHA AVISOS FUNEBRES CONTACTESE

Enviar Artículo a un amigo  
Imprimir Artículo IMPRIMIR ESTE ARTICULO

06/07/2004
La Justicia de Pergamino

Aplicó una dura pena a dos asaltantes


justicia_perg (20k image)La Opinión (Pergamino) Pedro Gustavo Gigena y Sergio Abel Monzón fueron condenados a 12 y 11 años de prisión, respectivamente, por un delito grave cometido hace dos años en una chacra de Pinzón, entre otros hechos


Los encartados Monzón y Gigena, junto a los abogados defensores y las custodias, mientras escuchaban la lectura de la sentencia.


El Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Pergamino condenó a Pedro Gustavo Gigena a la pena de 12 años de prisión y a Sergio Abel Monzón con 11 años, por hallarlos penalmente responsables de una serie de delitos que se ventilaron durante las audiencias del juicio oral que se realizó en el transcurso de los días pasados.


El veredicto y la sentencia fueron dados a conocer ayer por el tribunal integrado por los doctores Danilo Héctor Cuestas, Eduardo Timoteo Martin y Miguel Angel Gaspari, secretaría a cargo del doctor Guillermo Raúl Cremona Ortiz. El juez Martin no pudo estar presente durante la audiencia de ayer debido a que sufrió un accidente del que se está recuperando.


Gigena y Monzón, ambos de 27 años de edad, fueron juzgados por sus participaciones en dos graves hechos, uno de ellos ocurrido en la zona rural hace más de dos años.
La Fiscalía, representada por el fiscal para juicios Horacio Lasarte, había solicitado 13 años de prisión para Gigena y 12 años para Monzón, en tanto que las defensas (doctora Gabriela Jure -oficial- y Umberto Gorbalán -particular-) habían pedido la absolución de sus defendidos.


- El hecho principal: Durante el juicio quedó demostrado que el 22 de marzo de 2002, siendo aproximadamente las 7:00, cuatro sujetos, dos de los cuales tenían sus rostros encapuchados y armados con armas de fuego, redujeron al peón de una chacra ubicada sobe el camino de acceso a la localidad de Pinzón, perteneciente a José Néstor Saccani, atándolo de pies y manos y dejándolo inmovilizado sobre una cama.


Luego, aproximadamente a las 9:00, al llegar a su campo Saccani y acercarse a la casa, se encuentra con cuatro individuos, dos de los cuales lo sorprenden saliendo desde un rincón del inmueble, quienes le gritan que se trataba de un asalto. Los demás cacos, que tapaban sus rostros con capuchas y portaban armas de fuego, proceden a inmovilizar a Saccani e intimándole le exigen que se desplace hasta la habitación del peón, el cual yacía maniatado sobre una cama como se describió, corriendo en ese momento Saccani la misma suerte, ya que fue atado de manos y vendado.


Acto seguido, procedieron a sustraer diversos elementos tales como un teléfono celular, un reloj, dinero en efectivo, un llavero, una escopeta, mientras comenzaron a interrogarlo sobre la ubicación de su domicilio en Pergamino, y si bien no fue golpeado ni recibió amenazas en ese sentido, los ladrones utilizaron una picana que le apoyaron en la oreja, amenazando con utilizarla en el caso de que les mintiera sobre la ubicación de su casa.


Ocurrido lo relatado, dos de los malvivientes, se apoderaron de la camioneta Ford Ranger propiedad de Saccani y huyeron del lugar, mientras que los restantes se quedaron en el campo por espacio de una hora aproximadamente, custodiando a Saccani y su peón, Eduardo Cabrera, hasta que recibieron una llamada a un teléfono celular, dándose a la fuga, utilizando para tal fin una motocicleta, propiedad del peón, llevando consigo la escopeta que fuera luego reconocida por Saccani como de su propiedad.


El mismo día, aproximadamente entre las 10:00 y las 11:00, dos sujetos utilizando las llaves del domicilio de calle Monteagudo 728 perteneciente a la familia Saccani, se introdujeron en el mismo y revolvieron el lugar con el objeto de sustraer bienes, siendo sorprendidos por la llegada de la esposa de Saccani, quien al entrar a su casa es empujada por uno de los dos sujetos razón por la cual cayó al piso, logrando asirse a la pierna de uno de ellos, dando voces de auxilio, por lo que los cacos optaron por huir del lugar.


Luego del evento, encontró en la puerta el manojo de llaves que pertenecía a su marido y dio aviso a la Policía. De este modo, al llegar al domicilio, los efectivos son advertidos por la denunciante del peligro en que se podía encontrar su marido, por lo que se dirigieron hasta el campo, previo comunicar la novedad y solicitar refuerzos. Al ingresar al acceso a la localidad de Pinzón, los policías advirtieron que en sentido contrario se desplazaban dos individuos en un ciclomotor, quienes al ver el móvil policial abandonaron el rodado y otros efectos y luego de ser identificados, comenzaron a fugar a campo traviesa; llegados lo refuerzos se inicia una persecución obteniéndose la captura de uno, logrando el otro fugar aunque pudo ser identificado. En el lugar se procedió a secuestrar la moto perteneciente a Cabrera y la escopeta propiedad de Saccani.


- Segundo hecho: En relación a otro de los hechos investigados, ha quedado firmemente demostrado que el día 10 de marzo de 2002, en horario nocturno, aproximadamente a la medianoche, dos sujetos de sexo masculino comenzaron a efectuar disparos contra los hermanos Miguel y Martín Amarillo y Juan Bentancur que se encontraban en la esquina de Lugones y Guido Spano, juntamente con la tía de los primeros nombrados, Margarita Belizán. Estos salieron corriendo, dos de ellos hacia el domicilio de Rosa Cejas, de Andrade al 1500, refugiándose allí Martín, mientras Bentancur se fue para otro lado. Que los dos sujetos continuaron disparando hacia el interior de la vivienda mencionada desde un patio.
Durante el juicio los testigos identificaron inequívocamente a Monzón y Gigena como autores de los disparos.


- Tercer hecho: A Monzón también se le acreditó el delito de encubrimiento, pues con las piezas evidenciatorias colectadas durante el proceso penal se ha probado legalmente que, tras un allanamiento efectivizado por personal policial el 27 de julio de 2001 en el domicilio de calle Zubiría 1730, del barrio Kennedy, se secuestró un amplificador marca Promid de 100 watts de potencia, que ocultaba allí en su vivienda un sujeto de sexo masculino y que ese adminículo, junto a otros elementos, había sido sustraído el día anterior de la Capilla Nuestra Señora del Rosario de San Nicolás y San Carlos Borromeo.
La persona fue identificada por personal policial que realizó el allanamiento, como Sergio Abel Monzón.


- Las calificaciones: Los jueces calificaron el primero de los delitos tratados (el del campo) como robo doblemente calificado por el uso de armas, en despoblado y en banda, en los términos del artículo 166 inciso 2º del Código Penal; y para el segundo y tercero de los hechos el encuadramiento fue el de abuso de armas en los términos del artículo 104, y encubrimiento, conforme al artículo 277, inciso 1º, apartado c.


Cabe consignar que para llegar a la resolución que tomaron los jueces, se tuvieron en cuenta varios agravantes, y al mismo tiempo los encartados no presentaron atenuantes que les valieran para obtener una condena menor a la finalmente dispuesta.


Por ello Gigena, para quien el fiscal había pedido 13 años, fue condenado con 12 años de prisión por los delitos de robo doblemente calificado por el uso de armas en despoblado y en banda y abuso de armas en concurso real; y Monzón, para quien la parte acusadora habría solicitado 12 años, recibió una pena de 11 años de prisión por los delitos de robo doblemente calificado por el uso de armas, en despoblado y en banda, abuso de armas y encubrimiento en concurso real.




VOLVER A PAGINA ANTERIOR




Home | Tapa | Archivos | Fúnebres | Consultas
© Semanario Colón Doce - Todos los Derechos Reservados